Un embargo es una medida de aseguramiento sobre un bien mueble o inmueble propiedad de un deudor, para garantizar el pago de una deuda a su acreedor.
Cuando una entidad o persona natural adquiere una deuda, está en la obligación de pagarla en el número de cuotas establecidas con la entidad financiera o acreedor. Si esta obligación no se cumple, algunas consecuencias comienzan a operar, como el embargo.
El embargo es un proceso judicial que implica la retención por deudas que no han sido canceladas en su oportunidad. Adicionalmente, como todo proceso judicial, esto debe ser ordenado por un juez de la República a solicitud de un acreedor, cuya obligación no ha sido cancelada a tiempo por el deudor.
El embargo puede ser de dos tipos:
- Embargo preventivo: Este se produce antes de que el juez tome la decisión final, y básicamente es una medida cautelar, es decir, previa a la notificación.
- Embargo ejecutivo: Ocurre cuando el juez ya tomó la decisión.
¿Se requiere notificación previa para realizar un embargo?
No. Debe recordarse que una acción de embargo no se notifica previamente, esto con el fin de evitar que el deudor oculte los bienes o desarrolle algún tipo de acción que evite que el embargo se concrete.
Por otro lado, es necesario recordar que este proceso judicial, que deriva en el embargo, se da solamente después de que se han agotado una serie de avisos por parte del acreedor al deudor, para que este cumpla con su obligación.
Por esta razón, es importante estar atentos a estos avisos, por ejemplo: si te atrasas en una cuota, posiblemente te llegará una notificación o aviso de que existe un atraso en el pago de esta y, por consiguiente, algunas consecuencias pueden originarse por ese atraso.
Cuando no es posible cancelar una deuda, lo aconsejable es acercarse a esa entidad financiera para buscar una negociación. Esto puede ser una reprogramación o una refinanciación.
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¿Cuándo y cómo lo pueden embargar?
Los embargos son una medida preventiva y precautelar dentro de un proceso judicial en el que se busca garantizar el pago de una deuda que ya está en mora, y evitar que el deudor se insolvente para evadir la cancelación.
Según varios expertos, mencionan que la medida de embargo es decretada únicamente en Colombia por un juez de la República, o en su defecto por una entidad también del estado que tiene su jurisdicción especial, conocida como jurisdicción de cobro coactivo.
Entre las entidades para decretar embargos, están:
- La DIAN
- Secretarías de Hacienda
- El SENA.
- El ICBF
- El Consejo superior de la judicatura
En caso de que te dicten un embargo este es posible detenerlo, pero actuando rápido. Ahora bien, los embargos tienen límites. Por ejemplo: El salario mínimo es inembargable cuando se trata de deudas con bancos, almacenes o personas particulares. No obstante, hay una excepción, incluyendo el salario mínimo, para personas naturales, y es el caso por deudas con cooperativas y/o cuotas alimentarias (se puede embargar hasta el 50% del salario mínimo).
Bienes embargables:
- Carro
- Joyas
- Finca
- Casa
- Salvo que tenga limitación de dominio como es el patrimonio familiar
Los embargos traen muchas consecuencias para el patrimonio, familia, tranquilidad y reputación. Por eso es importante que como deudor no llegues a este punto. Lo mejor es honrar las deudas y honrarlas a tiempo.
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¿Cómo evitar un embargo?
- No ignorar el problema: Entre más tiempo dejes pasar por retraso, será más difícil restablecer el préstamo.
- Analizar tu situación financiera: Calcula si eres capaz de pagar algo más, en caso de que desees adquirir nuevas obligaciones.
- Llamar a la entidad crediticia: Habla con alguien del servicio de atención al cliente y explícale tu situación financiera o la de tu empresa. Sé cortés, educado y con una actitud positiva para arreglar la situación.
- Hacer planes para remediar la situación: Ya sea a través de la obtención de ingresos adicionales o vender algunas acciones de la empresa.
- Contactar un abogado: Un abogado calificado puede atender a tus necesidades legales particulares, explicar la ley y representarte en la corte.
Ten en cuenta que la última cosa que un acreedor o prestamista quiere es recuperar una propiedad a través de una ejecución judicial. Sé consciente de que el acuerdo es un arreglo temporal, por lo cual este tiempo que tendrás de ponerte al día con las obligaciones no será por tiempo ilimitado.
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Estar reportado en una central de riesgo, de forma positiva, trae beneficios y garantías en el acceso al crédito por parte de las personas y empresas. Sin embargo, si eres una empresa legalmente constituida y vendes a crédito, al reportar a tus clientes en DataCrédito tendrás la oportunidad de conocer su reputación crediticia.
¿Cómo reportar a un cliente en DataCrédito?
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- Preparar la información y recuerda que esta debe ser veraz y consistente frente a los datos que mensualmente se han reportado.
- Cargar la información a través del Portal de DataCrédito en la estructura correspondiente al tipo de reporte seleccionado, asegurando que los datos a reportar sean correctos.
- Una vez se haya realizado el cargue de la información, se puede consultar a través de la opción: Reportes Actualización Información (RAI) los resultados. En caso de presentar en este informe alguna inconsistencia, se agradece que esta sea solucionada lo antes posible, a través del mismo reporte o a través de la aplicación Novedat.
Para tener en cuenta: Si se presentan pagos o novedades durante el mes, u otro tipo de novedades que se consideren que deben ser actualizadas las obligaciones, se pueden hacer dichas actualizaciones a través de la herramienta Novedat.
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